REQUISITO DE SOMETER INFORME DE PROCEDIMIENTOS PREVIAMENTE ACORDADOS

 

El requisito de someter Estados Financieros Auditados depende del volumen de negocios que haya generado el contribuyente durante el año contributivo para el cual se radica la Planilla.  Las Leyes 257-2018 y 40-2020 realizaron enmiendas para que aquellos negocios cuyo volumen de negocios durante el año contributivo sea igual a o mayor de tres millones de dólares ($3,000,000), pero menor de diez millones de dólares ($10,000,000), puedan optar someter, en lugar de un Estado Financiero Auditado, un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (“Agreed Upon Procedures”) o un Informe de Cumplimiento (“Compliance Attestation”) preparado por un Contador Público Autorizado (CPA) con licencia vigente en Puerto Rico (en adelante “Informe del CPA”). Cabe señalar que, en estos casos, el negocio deberá someter con su Planilla uno de los dos informes: el Estado Financiero Auditado por un CPA, o el Informe del CPA. Este requisito aplica a la radicación de Planillas para años contributivos comenzados después del 31 de diciembre de 2019.

Así pues, los negocios cuyo volumen de negocios durante un año contributivo sea igual o mayor de un millón de dólares ($1,000,000), pero menor de tres millones de dólares ($3,000,000), podrán voluntariamente someter el Estado Financiero Auditado o el Informe del CPA para tener derecho a obtener el relevo total de la retención sobre pagos recibidos por servicios prestados a sus clientes. La opción de someter el Informe del CPA en lugar de los Estados Financieros Auditados está disponible para los años contributivos comenzados después del 31 de diciembre de 2019.

Por otra parte, una persona que forme parte de un grupo de entidades relacionadas, pero no haya derivado volumen de negocios igual o mayor de un millón de dólares ($1,000,000) para un año contributivo, no vendrá obligada a someter Estados Financieros Auditados. No obstante, dicha entidad estará sujeta al requisito de someter el Informe del CPA, siempre y cuando no opte por someter Estados Financieros Auditados.

Todo contribuyente podrá optar por someter un Estado Financiero Auditado, aun cuando no le sea requerido. Dicho Estado Financiero Auditado deberá estar acompañado de los Anejos de Información Suplementaria, subyacente a los estados financieros y otros récords utilizados para preparar los estados financieros y sometida a los procedimientos de auditoría aplicados en la auditoría de los estados financieros realizada por un contador público autorizado con licencia vigente en Puerto Rico. En la medida en que el negocio opte por someter el Estado Financiero Auditado y la Información Suplementaria con la Planilla, no será necesario someter el AUP. 

Esta opción estará disponible para todo contribuyente, cuyo volumen de negocios sea menor de diez millones de dólares ($10,000,000). En el caso de entidades miembros de un grupo de entidades relacionadas, esta opción estará disponible para aquellas entidades del grupo cuyo volumen de negocios sea menor de un millón de dólares ($1,000,000).

A modo de resumen, les presentamos una gráfica con los requisitos.

 

REQUISITO DE AUDITORIA PARA CORPORACIONES QUE NO SON PARTE DE UN GRUPO DE ENTIDADES RELACIONADAS (PARA AÑOS CONTRIBUTIVOS A PARTIR DEL 31/12/2019

INGRESO BRUTO REQUISITO DE AUDITORIA DOCUMENTOS A SOMETER
Menos de $1 millón NO Podrán someter voluntariamente un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (AUP) o un Informe de Cumplimiento (Compliance Attestation) preparado por un CPA licenciado para reclamar ciertos gastos para efectos de la Contribución Mínima Alterna.
$1 millón a $3 millones NO Podrán someter voluntariamente  Estados Financieros Auditados o un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (AUP) preparado por un CPA licenciado para solicitar un Relevo Total de Servicios Profesionales y reclamar ciertos gastos para efectos de la Contribución Mínima Alterna.
$3 millones a $10 millones NO Deberán someter ya sea un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (AUP) o un Informe de Estados Financieros preparado por un CPA licenciado.
Más de $10 millones Deberán someter Estados Financieros Auditados preparado por un CPA licenciado.

Nota: Los requisitos de auditoría dependerán de si la corporación es parte de un Grupo de Entidades Relacionadas (2 o más corporaciones con accionistas que posean 50% o más de la propiedad.).

 

REQUISITO DE AUDITORÍA PARA CORPORACIONES QUE SON PARTE DE UN GRUPO DE ENTIDADES RELACIONADAS (PARA AÑOS CONTRIBUTIVOS A PARTIR DEL 31/12/2019)

Si el Ingreso Bruto de un miembro es Suma total del Ingreso Bruto de todos los miembros del grupo menor de $10 millones (1) Suma total del Ingreso Bruto de todos los miembros del grupo es igual o mayor de $10 millones (2)
Si el Ingreso Bruto de un miembro es Requisito de Auditoría (1) Documentos a someter (1) Requisito de Auditoría (2) Documentos a someter (2)
Menos de $1 millón NO Podrán someter voluntariamente un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (AUP) o un Informe de Cumplimiento (Compliance Attestation) preparado por un CPA licenciado para reclamar ciertos gastos para efectos de la Contribución Mínima Alterna. NO Deberán someter ya sea un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (AUP) o un Informe de Estados Financieros preparado por un CPA licenciado.
$1 millón a $3 millones NO Podrán someter voluntariamente Estados Financieros Auditados o un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (AUP) preparado por un CPA licenciado para solicitar un Relevo Total de Servicios Profesionales y reclamar ciertos gastos para efectos de la Contribución Mínima Alterna. Deberán someter Estados Financieros Auditados preparados por un CPA licenciado. 
$3 millones a $10 millones NO Deberán someter ya sea un Informe de Procedimientos Previamente Acordados (AUP) o un Informe de Estados Financieros preparado por un CPA licenciado.   Deberán someter Estados Financieros Auditados preparados por un CPA licenciado. 
Más de $10 millones Deberán someter Estados Financieros Auditados preparados por un CPA licenciado.  Deberán someter Estados Financieros Auditados preparados por un CPA licenciado. 

Nota: Los Grupos de Entidades relacionadas se definen como un grupo de 2 o más corporaciones de Puerto Rico con accionistas que posean 50% de participación..  

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