EXTENSIÓN PARA LA RADICACIÓN DE TODAS LAS PLANILLAS

 

El 12 de marzo de 2020 la Gobernadora de Puerto Rico emitió la Orden Ejecutiva Núm. OE-2020-020 en la cual declaró a Puerto Rico en estado de emergencia ante el inminente impacto del Coronavirus (Covid-19) en nuestra isla.  La Orden Ejecutiva requiere a todas las agencias del gobierno de Puerto Rico a implementar todas aquellas medidas necesarias para prevenir y controlar la diseminación de este virus y proteger el bienestar de todos los residentes de Puerto Rico y ordena a las agencias atender esta emergencia con la prontitud y eficiencia que se merece.

Conforme a lo establecido en la OE 2020-020, el Departamento de Hacienda (DH) emitió la Determinación Administrativa 20-03 (DA 20-03), en la que establece que toda Planilla de Contribución sobre Ingresos cuya fecha de vencimiento original o fecha de vencimiento de una Solicitud de Prórroga debidamente radicada fuera el lunes, 16 de marzo de 2020 quedaba automáticamente pospuesta hasta el miércoles 15 de abril de 2020. De igual forma, la DA 20-03 establece que toda Planilla o Prórroga cuya fecha de vencimiento fuera el miércoles, 15 de abril de 2020, quedaba pospuesta hasta el viernes, 15 de mayo de 2020. Al mismo tiempo, quedaban pospuestos los pagos de contribución sobre ingresos que se acompañan con las Planillas o Prórrogas. Además, se extendió hasta el viernes 15 de mayo de 2020, el plazo de la contribución estimada cuya fecha de vencimiento original es el 15 de abril de 2020.

Posteriormente, el 15 de marzo de 2020 la Gobernadora de Puerto Rico emitió la Orden Ejecutiva Núm. OE-2020-023 (OE 2020-023), en la cual se establece un toque de queda, a partir de las 9:00 pm del 15 de marzo de 2020, ordenando así a todos los individuos en Puerto Rico a permanecer en sus hogares por un periodo de 14 días y limitando el uso de las vías públicas, salvo ciertas instancias. Además, la OE 2020-023 decreta un cierre de las operaciones gubernamentales, así como el cierre de todos los comercios en Puerto Rico a partir de las 6:00pm del 15 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020.

Así pues, todas las oficinas del Departamento se mantendrán cerradas hasta el 30 de marzo de 2020. No obstante, los servicios que se proveen de forma electrónica a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI), así como los sistemas de radicación electrónica continuarán funcionando con normalidad.

Como consecuencia, el DH emitió la Determinación Administrativa 20-05 (DA 20-05) para enmendar la DA 20-03 anterior y establecer lo siguiente:

  1. Extender por un mes las fechas de radicación y pago relacionados al Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) cuyas fechas de vencimiento sean entre el 15 al 31 de marzo de 2020
  2. Añadir una extensión de un mes a la fecha de vencimiento para radicar todas aquellas planillas, declaraciones y formularios, así como todos los pagos o depósitos de todas las demás contribuciones que administra el Departamento cuyas fechas de vencimiento sean entre el 15 de marzo de 2020 y el 15 de abril de 2020
  3. Extender toda fianza y licencia de rentas internas cuyas fechas de vencimiento sean entre el 15 al 31 de marzo de 2020.

 

Impuesto sobre Ventas y Uso

En el caso de planillas y pagos relacionados con el Impuesto sobre Ventas y Uso, el Departamento determina lo siguiente:

  • Planilla Mensual del Impuesto sobre Ventas y Uso, Formulario Modelo SC 2915, se extiende por un mes la fecha límite de radicación de esta planilla para el periodo de febrero de 2020. Es decir, se extiende la fecha de radicación de la Planilla Mensual IVU para el periodo de: febrero hasta el 20 de abril de De igual forma, se extiende por un mes la fecha de vencimiento de cualquier pago de IVU a realizarse junto con la Planilla Mensual de IVU correspondiente al periodo de febrero de 2020.
  • Pagos de IVU Quincenal – el Departamento determina que no impondrá penalidades por incumplimiento con los Pagos del IVU Quincenal del mes de marzo de 2020, siempre y cuando el total de IVU adeudado para dichos meses sea pagado con la radicación de la Planilla Mensual de IVU de dichos periodos.

 

Planillas, Declaraciones, Formularios y Pagos de Contribuciones

Las extensiones establecidas en la DA 20-03 continúan vigentes para la radicación de las planillas de contribución sobre ingresos, solicitudes de prórroga y pagos correspondientes de contribución sobre ingresos.

En el caso de todas las planillas, declaraciones y formularios de todas las demás contribuciones, Otras Planillas, tales como las de entidades conducto, el Departamento determina extender por un periodo adicional de un mes la fecha límite para radicar todas estas Otras Planillas, contados a partir de la fecha original de vencimiento, sin necesidad de radicar una solicitud de prórroga. De igual forma, se extiende el pago de la contribución correspondiente a dichas Otras Planillas y cualquier depósito relacionado a estas contribuciones. Esta extensión aplica a todas las Otras Planillas, pagos y depósitos correspondientes cuyas fechas de vencimiento sean entre el 15 de marzo de 2020 y el 15 de abril de 2020.

Por tanto, y a manera de ejemplo, se extiende hasta el miércoles 15 de abril de 2020 la fecha límite para radicar aquellas Otras Planillas cuya fecha de vencimiento original sea el 15 de marzo de 2020.

Fianzas ante el Departamento

El Departamento determina que toda fianza que tenga fecha de vencimiento entre el 15 al 31 marzo de 2020 se extienden automáticamente hasta el 30 de abril de 2020.

Licencias de Rentas Internas

El Departamento determina que toda licencia de rentas internas que tenga fecha de vencimiento entre el 15 al 31 de marzo de 2020 quedan extendidas automáticamente hasta el 30 de abril de 2020.

 

Moratoria de Planes de Pago

El secretario del Departamento de Hacienda (DH), Francisco Parés Alicea, informó el lunes una moratoria en los términos de su plan de pago con el Departamento.

“Los contribuyentes que tengan alguna deuda bajo Plan de Pago con el Departamento, no vendrán obligados a efectuar los plazos de dicho plan, correspondientes al periodo comprendido entre el 16 de marzo de 2020 y el 30 de abril de 2020. En estos casos no estaremos imponiendo multas, intereses y penalidades, por cualquier incumplimiento”, dijo.

De la misma manera, anunció la extensión del periodo de radicación electrónica de Declaraciones Informativas correspondientes al año contributivo 2019, hasta el próximo 15 de abril, sin la aplicación de penalidades.

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