Radicación Planillas Corporativas para el Año 2018

(English version “Filing of Corporate Tax Returns for Year 2018”)

El Departamento de Hacienda (DH) anualmente emite el Formulario 480.2, Planilla de Contribución sobre Ingresos de Corporaciones (Planilla de Corporación) a ser utilizado para la radicación de dicha planilla correspondiente al año contributivo.  Para el año 2018 toda planilla de Corporaciones deberán ser radicadas electrónicamente.  Este requisito de radicación electrónica es aplicable a toda corporación y compañía de responsabilidad limitada requerida a completar una Planilla de Corporaciones según establecido por el Código de Rentas Internas de 2011, según enmendado.

En su Carta Circular de Rentas Internas Núm. 19-08 (CC RI 19-08), el DH establece las fechas de radicación de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Corporaciones.

 

Fechas de Radicación de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Corporaciones

 

Para el año contributivo 2018, la Planilla de Corporación que sea rendida a base de un año natural debe radicarse no más tarde del lunes, 15 de abril de 2019.   Las rendidas a base de un año económico deben radicarse no más tarde del decimoquinto (15to) día del cuarto (4to) mes siguiente al cierre del año contributivo. En el caso de una corporación extranjera que no tenga oficina o lugar de negocio en Puerto Rico, la planilla se rendirá no más tarde del decimoquinto (15to) día del sexto (6to) mes siguiente al cierre del año contributivo.

 

Radicación por Medios Electrónicos

 

Las planillas de Corporación que se rindan por medios electrónicos deberán utilizar uno de los Programas Certificados por el Departamento para la preparación y radicación electrónica de dicha las mismas.  Se pueden acceder a estos Programas Certificados a través de la página de internet del DH: www.hacienda.pr.gov, bajo el área de Hacienda Virtual en el enlace Planillas Corporaciones 2018. La utilización de dichos programas está sujeta al costo establecido por cada uno de los proveedores.

 

Para radicar la Planilla de Corporación a través de alguno de los Programas Certificados, el contribuyente debe utilizar el nombre de usuario y contraseña que utilizó para registrarse en Colecturía Virtual. De no estar registrado en Colecturía Virtual, debe completar su registro oprimiendo el enlace “Registro” que se encuentra en dicho portal.

 

Los Especialistas en Planillas, Declaraciones o Reclamaciones de Reintegro pueden utilizar el programa privado de su selección que hayan adquirido para preparar las Planillas de Corporación del año contributivo 2018.

 

Excepciones a la Radicación Electrónica

 

Para el año contributivo 2018, el Departamento ha establecido ciertas excepciones a la radicación electrónica de la Planilla de Corporación. Aquellas Corporaciones que cualifiquen bajo alguna de las excepciones a la radicación electrónica que enumeramos a continuación, deberán someterla en papel y utilizar el Formulario 480.2 – Planilla de Contribución sobre Ingresos de Corporaciones correspondiente al año contributivo 2018 que incluye  el cintillo (watermark) de “Requiere Formulario 483.4”.  Las excepciones para la Radicación Electrónica son las siguientes:

 

  1. Corporación Extranjera No Dedicada a Industria o Negocio en Puerto Rico que Únicamente Reporta una Venta de Propiedad Inmueble Localizada en Puerto Rico.
  2. Corporación Extranjera No dedicada a Industria o Negocio en Puerto Rico con Ingreso Relacionado a Industria o Negocio en Puerto Rico (Anejo U).
  3. Corporación Extranjera No Localizada en Puerto Rico y Cuyo Único Ingreso de Fuentes de Puerto Rico es su Participación Distribuible de una Entidad Conducto Dedicada a Industria o Negocio en Puerto Rico.
  4. Corporación en Liquidación Previo a que Termine su Año Contributivo.
  5. Corporación que Radica su Planilla de Corporación a Base de un Periodo Contributivo Menor de 12 Meses.
  6. Corporación con Año Contributivo de 52-53 Semanas.
  7. Planillas de Corporación con los Anejos Q y Q1: Las corporaciones que requieran incluir con su Planilla de Corporación el Anejo Q (Fondos de Inversiones – Crédito por Inversión, Pérdidas y Cantidad a Arrastrar) o Anejo Q1 (Fondos de Inversiones – Determinación de Base Ajustada, Ganancia de Capital, Ingreso Ordinario y Contribución Especial).
  8. Corporación que No Pueda Someter la Planilla o Prórroga Automática Electrónicamente por Error en el Número de Identificación Patronal o por Error en el Sistema: El contribuyente debe asegurarse de incluir el código de error que emitió el programa en el espacio provisto en el Formulario 483.4. Además, el contribuyente debe incluir con su Planilla de Corporación una copia del mensaje de error presentado por el programa. El Departamento únicamente aceptará los siguientes códigos de error:
  • Código número 222
  • Código número 223
  • Código número 4000
  • Código número 4100

9. Corporación que no venga obligada a estar inscrita en el Registro de Comerciantes por no estar operando en Puerto Rico.

Puede radicar la Planilla en papel de una de las siguientes maneras:

 

Personalmente:

  1. En el Departamento de Hacienda, 10 Paseo Covadonga,  Edificio  Intendente Ramírez, Viejo San Juan.
  2. En cualquiera de las Colecturías de Rentas Internas ubicadas alrededor de la Isla.
  3. En cualquiera de los Centros de Orientación y Preparación de Planillas.  Esta opción solo está disponible hasta el lunes, 15 de abril de 2019. Hacer referencia a la Carta Circular 19-09 para indicar la ubicación y el horario de los Centros de Orientación y Preparación de Planillas que estarán disponibles.

 

Por Correo:

Departamento de HaciendaP.O. Box 9022501, San Juan, PR 00902-2501.

 

Procedimiento para Radicar Electrónicamente las Evidencias Requeridas con la Planilla de Corporación

 

Si al momento de recibir la Hoja de Confirmación de Radicación Electrónica el sistema indica que su planilla requiere que se sometan evidencias, el contribuyente debe acceder al Sistema de Formularios Electrónicos (“Sistema E-Forms”) para radicar electrónicamente todas las evidencias requeridas.  El Sistema E-Forms está disponible en la página de internet del Departamento: www.hacienda.pr.gov, bajo el enlace de Hacienda Virtual, en la sección de Planillas Corporaciones. Para acceder al Sistema E-Forms, el contribuyente o Especialista debe utilizar el nombre de usuario y contraseña que utiliza para acceder a Colecturía Virtual.  Las evidencias pueden ser radicadas electrónicamente a través del Sistema E-Forms tanto por el contribuyente como por un Especialista autorizado, independientemente de quien haya radicado electrónicamente la Planilla de Corporación.

El Sistema E-Forms estará disponible para que el contribuyente o Especialista radique electrónicamente las evidencias requeridas con la Planilla de Corporación hasta el día después de la fecha de vencimiento prescrita por el Código para radicar la Planilla,  incluyendo prórrogas, o hasta el día después de haber radicado electrónicamente la Planilla de Corporación, en aquellos casos en que el contribuyente radica luego de la fecha de  vencimiento de la misma. A partir de dicha fecha, el sistema automáticamente radicará las evidencias, independientemente de que el contribuyente o Especialista haya cargado o no algún documento en el Sistema E-Forms. Si el Sistema E- Forms radicó automáticamente los documentos cargados, no se podrá añadir, sustituir, ni modificar algún documento.

 

El contribuyente recibirá una Hoja de Confirmación de Radicación Electrónica de Evidencias incluirá un resumen de las evidencias radicadas por tipo de evidencia, nombre del archivo cargado, total de documentos recibidos por cada tipo de evidencia y la fecha y hora en que las mismas fueron radicadas.

 

Autorización de Firma Digital en Planillas Radicadas por Especialistas

 

En aquellos casos donde el contribuyente utilice los servicios de un Especialista para la preparación y radicación de su Planilla de Corporación, el Especialista deberá obtener una autorización escrita del contribuyente para firmar de forma digital, en su representación, su Planilla de Corporación. Para estos propósitos, el Departamento ha emitido el formulario Modelo SC 2909 A, Autorización a Especialistas en Planillas para la Radicación Electrónica y Firma Digital de la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Corporaciones (“Modelo 2909A”).

El Modelo 2909A incorpora cierta información de la Planilla de Corporación donde el contribuyente certifica que examinó dicha planilla y que la misma es cierta, correcta y completa.

 

Radicación Electrónica de la Planilla de Corporación de los Grandes Contribuyentes

 

 Las planillas de corporaciones que cualifiquen como Grandes Contribuyentes y que hayan radicado electrónicamente serán consideradas en cumplimiento de los requisitos de radicación.  Por tanto, no será requerido que el contribuyente someta una copia de la planilla radicada electrónicamente a la Unidad de Grandes Contribuyentes.

 

Prórroga Automática (Modelo SC 2644)

 

Aquellos contribuyentes que no puedan radicar la Planilla de Corporación correspondiente al año contributivo 2018 a la fecha límite prescrita por el Código para radicar la misma, pueden solicitar una prórroga automática para radicar la planilla. Esta prórroga se solicita mediante la radicación del formulario Modelo SC 2644 (“Solicitud de Prórroga”).  Es requisito que la solicitud de prórroga se realice electrónicamente.

 

Planillas de Corporación con Balance de Contribución Pendiente de Pago

 

Si la Planilla de Corporación refleja algún balance de contribución pendiente de pago, el contribuyente debe realizar dicho pago, no más tarde de la fecha límite establecida en el Código.  Puede hacerlo de una de las siguientes maneras:

 

Electrónicamente: Al momento de la radicación  electrónica  utilizando  una  cuenta  de  cheques o de ahorros con fondos suficientes.

Personalmente: En una Colecturía de Rentas Internas, con la Hoja de Confirmación de Radicación Electrónica de la Planilla de Corporación. El pago podrá realizarse en efectivo, tarjeta de débito, tarjeta de crédito o cheque o giro postal a nombre del Secretario de Hacienda.

 

Planillas Enmendadas

 

Aquellos contribuyentes que deseen enmendar la Planilla Original de Corporación deberán radicar la Planilla Enmendada electrónicamente, independientemente de que la Planilla Original haya sido radicada de forma electrónica o en papel. El contribuyente debe asegurarse de someter nuevamente todas las evidencias, incluyendo aquellas que fueron enviadas electrónicamente con la Planilla Original, a través del Sistema E-Forms.

En TCG tenemos los recursos y la experiencia para ayudarle, contactenos hoy.

 

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