PROCESO DE REGISTRO EN EL SISTEMA UNIFICADO DE RENTAS INTERNAS (SURI)

 

Con el objetivo de informar y educar sobre el proceso de registro en el Sistema Unificado de Rentas Internas y cuya transición se completó el 10 de diciembre de 2018, el Departamento de Hacienda (DH) publicó la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-16 (CC RI 18-16).  En la misma se establece el procedimiento a seguir para registrar a un contribuyente existente; registrar a un contribuyente nuevo; crear una Cuenta Contributiva; establecer los tipos y niveles de acceso en cada Cuenta Contributiva; y notificar el procedimiento para reclamar alguna discrepancia en la información transferida a SURI durante la conversión.

La CC RI 18-16 recuerda las siguientes transacciones de Cuentas Contributivas a ser incluidas en la plataforma:

  • Retención de Salarios
  • Retención de No Residentes
  • Retención de Otros Ingresos
  • Caudal Relicto
  • Donaciones
  • Declaraciones – Se incorporan en esta Cuenta Contributiva los arbitrios e impuestos sobre bebidas alcohólicas.
  • Petróleo
  • Vehículos
  • Reciclaje de Neumáticos
  • Aceite Lubricante
  • Carreras de Caballo
  • Mercancía General
  • Bebidas Alcohólicas
  • Licencia

 

En el proceso de conversión que se llevará a cabo, todas las Cuentas Contributivas listadas anteriormente se transferirán automáticamente a la cuenta del contribuyente en SURI, siempre y cuando dicho contribuyente haya realizado transacciones en las plataformas digitales anteriores del Departamento.  Las cuentas transferidas solo estarán disponibles en el usuario designado como Administrador Principal. En aquellos casos en que el contribuyente no tenga una cuenta en SURI, este deberá seguir el procedimiento que resumimos a continuación.

 

Proceso de Registro en SURI como Contribuyente Existente

 

Los contribuyentes existentes que no están registrados en SURI, deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Acceda a SURI a través del siguiente enlace: https://suri.hacienda.pr.gov, o a través del enlace de SURI que se encuentra disponible en el área de Hacienda Virtual de la página de internet del Departamento: hacienda.pr.gov.
  2. Oprima el enlace Regístrese en SURI.
  3. Seleccione el enlace Acceder a un contribuyente existente.
  4. Siga las instrucciones del sistema para completar su Una vez registrado, acceda la página principal de SURI e ingrese el usuario y contraseña que creo para que pueda acceder a su cuenta en SURI. Una vez ingrese el usuario y contraseña, el sistema le requerirá autenticar el dispositivo que está utilizando para acceder a su cuenta.
  5. Cuando ingrese el Código de Autenticación podrá ver las Cuentas Contributivas que tenía vigente en los sistemas anteriores del Departamento.

 

Proceso de Registro como Contribuyente Nuevo en SURI

 

Todo contribuyente nuevo para el DH tendrá que registrarse en SURI para crear cualquiera de las Cuentas Contributivas y así poder efectuar cualquier transacción requerida.  El contribuyente deberá seguir los siguientes pasos para completar el proceso de registro en SURI como contribuyente nuevo:

  1. Acceda a SURI a través del siguiente enlace: https://suri.hacienda.pr.gov, o a través del enlace de SURI que se encuentra disponible en el área de Hacienda Virtual de la página de internet del Departamento: hacienda.pr.gov.
  2. Oprima el enlace Regístrese en SURI.
  3. Seleccione el enlace Registrar un nuevo contribuyente.
  4. Marque la opción correspondiente al tipo de registro que está completando:
  • Mi cuenta de negocios
  • Mi cuenta como individuo comerciante
  • Manejar las cuentas de mis clientes
  • Como administrador de un caudal relicto
  • Como individuo para radicar una Planilla de Donación
  1. Complete la información requerida para cada opción de registro. Una vez completada, el sistema le presentará un Resumen de Registro, el cual debe verificar y, de estar de acuerdo, oprima Someter.
  2. El sistema le presentará una confirmación de registro. Le exhortamos a que imprima una copia para sus récords.

 

Tipos y Niveles de Acceso a las Cuentas en SURI

 

Para propósitos de cada Cuenta Contributiva, existen varias opciones de tipos de acceso y niveles de acceso. Los tipos de acceso son las categorías bajo las cuales se autoriza a una o varias personas para acceder las Cuentas Contributivas, mientras que los niveles de acceso establecen el grado de autoridad que tendrán dichas personas para efectuar transacciones en las Cuentas Contributivas. Cada persona autorizada bajo uno de los siguientes tipos de acceso debe tener un nivel de acceso asignado.

Tipos de Acceso:

  • Administrador Principal
  • Administrador Secundario
  • Oficial
  • Representante
  • Solo Lectura

 

Niveles de Acceso:

El Administrador Principal deberá otorgar a su representante autorizado los siguientes niveles de acceso:

  • Radicar – Este nivel de acceso sólo le permite a la persona autorizada a radicar planillas y formularios relacionados a la Cuenta Contributiva para la cual se le otorgó dicho acceso.
  • Pagar – Este nivel de acceso sólo le permite a la persona autorizada a efectuar pagos relacionados a la Cuenta Contributiva para la cual se le otorgó dicho acceso.
  • Radicar y pagar – Este nivel de acceso le permite a la persona autorizada el poder radicar planillas y formularios y efectuar pagos relacionados a la Cuenta Contributiva para la cual se le otorgó dicho acceso.
  • Ver – Este nivel de acceso sólo le permite a la persona autorizada a verificar la información de la Cuenta Contributiva para la cual se le otorgó dicho acceso. Por tanto, las personas autorizadas con este nivel de acceso no podrán efectuar ningún tipo de transacción en la Cuenta Contributiva para la cual se le otorgó dicho acceso.
  • Representante Principal –Este nivel de acceso le permite a la persona autorizada los mismos accesos de la opción Radicar y Pagar. No obstante, las personas con este nivel de acceso también podrán cerrar la Cuenta Contributiva para la cual se le otorgó dicho nivel de acceso.

 

Como parte de la transición a SURI completada el 10 de diciembre de 2018, toda la información incluida en la base de datos de las plataformas digitales anteriores, se estará incorporando a SURI. Aquellos contribuyentes que entiendan existe una discrepancia podrán reclamar la misma electrónicamente, personalmente a cualquier de las oficinas o centros del DH o por teléfono a Hacienda Responde al 787-622-0123.

NOTA: Le exhortamos a que se comunique con nuestras oficinas para obtener información detallada sobre el proceso, discutir su caso particular y coordinar acciones a seguir.

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