RADICACIÓN PLANILLAS ESTIMADAS PROPIEDAD MUEBLE

 

La Orden Administrativa Núm. 2018-05 (OA 2018-05) publicada recientemente por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) establece las pautas sobre la radicación y pago de contribución estimada sobre propiedad mueble.  En la misma se reitera que a partir de 31 de diciembre de 2013 toda entidad o persona cuya contribución sobre la propiedad mueble estimada sea de $1,000 o más, deberá pagar una contribución estimada para el año contributivo.

El cálculo de la contribución estimada se hará utilizando un cálculo aproximado de la propiedad mueble tributable estimada razonablemente considerando la contribución pagada en exceso para el año anterior y que el contribuyente haya optado acreditar a la contribución estimada del siguiente año.

Asimismo, la OA 2018-05 indica las fechas para los pagos de contribución estimada:

  • Plazo—en o antes del 15 de agosto
  • Plazo—en o antes del 15 de noviembre
  • Plazo—en o antes del 15 de febrero
  • Plazo—en o antes del 15 de mayo

El último plazo de la contribución estimada a pagarse el 15 de mayo debe satisfacer el balance pendiente para cubrir la totalidad de la contribución determinada para el año contributivo.

Toda contribución estimada deberá ser pagada electrónicamente a través del portal del CRIM: www.emueble.crimpr.net.

Cambios en el Cómputo de la Contribución Estimada

El cómputo de la contribución estimada puede ser modificado durante el año contributivo por cualquier evento que suceda y que resulte en aumento o disminución del monto previamente estimado.  Así pues, los plazos restantes serán aumentados o disminuidos proporcionalmente para reflejar estos cambios.

Reclamación de Contribución Pagada en Exceso correspondiente al Año Anterior

El contribuyente podrá acreditar un pago en exceso a su contribución estimada del próximo año contributivo utilizando cualquiera de los siguientes métodos:

  • Aplicar el pago en exceso al total de la contribución estimada para el próximo año contributivo
  • Aplicar el pago en exceso al pago del primer plazo de la contribución estimada

Descuento de 5% de la Contribución Determinada para Contribuyentes Sujetos al Pago de Contribución Estimada

Si el contribuyente cumple con la obligación de pagar la contribución estimada del año corriente en los cuatro (4) plazos correspondientes recibirá un 5% de descuento de la contribución auto-determinada.

Si el contribuyente dejare de pagar un plazo de la contribución estimada o realice un pago incompleto de un plazo de la contribución estimada, se le añadirá el 5% del monto no pagado de cualquier plazo.  A estos efectos, la contribución estimada será lo menor de:

  • 90% de la contribución del año corriente
  • El total de la contribución auto-determinada luego del descuento del 5%, según surge de la planilla de contribución sobre la propiedad mueble del año contributivo anterior.

En TCG tenemos los recursos y la experiencia para ayudarle, contáctenos hoy.

Facebook
Twitter
LinkedIn
Tumblr
Reddit

Programe una consulta gratuita

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

More Posts