TRANSACCIONES, PAGO DE IMPUESTOS Y AJUSTES A FIANZA AHORA SOLO A TRAVÉS DE SURI

 

Mediante la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 18-13 (CC RI 18-13), el Departamento de Hacienda (DH) informa que a partir del 10 de diciembre de 2018 toda mercancía o artículo introducido a Puerto Rico deberá ser declarado electrónicamente a través de SURI, previo a obtener la autorización para levantar la mercancía importada. La emisión de dicha autorización estará sujeta al pago de los impuestos correspondientes, o, en el caso de Importadores Afianzados, a la garantía de pago a través de una Fianza de importación debidamente aprobada por el DH sobre los impuestos correspondientes.

La CC RI 18-13 establece el proceso por el cual se administrará la Fianza a través de SURI:

  • Cuando el Importador Afianzado declare la mercancía importada utilizando el método de Fianza como garantía de pago, el DH procederá a reducir el monto disponible de la Fianza por el total de impuestos correspondientes a la mercancía declarada.
  • Una vez el Importador Afianzado pague el impuesto correspondiente, se procederá a liberar el monto de la Fianza atribuible al impuesto pagado, permitiendo así que el Importador Afianzado pueda obtener levantes futuros de mercancía importada contra su fianza.
  • En aquellos casos en que el Importador Afianzado no cuente con la cantidad suficiente de Fianza para obtener la autorización para el levante de la mercancía importada, deberá pagar el total del impuesto correspondiente, o realizar un pago contra su Fianza, para poder obtener dicha autorización.

 

Ajuste al Monto de Fianza

 

Para obtener la autorización de levante de la mercancía importada, los Importadores Afianzados que deseen aumentar el monto de su Fianza ya que no cuentan con la cantidad suficiente para cubrir los impuestos fijados por el Código de Rentas Internas deberán realizar el pago correspondiente con el que restituyan el balance de su Fianza; o bien paguen las contribuciones determinadas en la declaración.

Todo Importador Afianzado que interese ajustar su Fianza, debe solicitar el ajuste al DH a través de SURI de la siguiente manera:

  • Acceda a SURI a través del siguiente enlace: https://suri.hacienda.pr.gov, o a través del enlace de SURI en la página de internet del Departamento: www.hacienda.pr.gov.
  • Ingrese su nombre de usuario y contraseña para acceder su cuenta en SURI.
  • En la sección de Quisiera, seleccione el enlace Gestionar mis Fianzas.
  • Siga las instrucciones provistas por el sistema y complete la información requerida.

 

La CC RI 18-13 también señala que el DH solo autorizará un aumento de fianza en aquellos casos en que se provea un endoso (“Rider”) de la compañía aseguradora que indique la cantidad del aumento de fianza autorizado y garantizado. El endoso debe ser entregado en la Oficina del Director del Negociado de Impuesto al Consumo (Oficina 300), Piso 3 del Edificio Intendente Ramírez en el Viejo San Juan, no más tarde de diez (10) días laborables siguientes a la fecha en que se solicita el aumento de Fianza a través de SURI.

NOTA: Le exhortamos a que se comunique con nuestras oficinas para obtener información detallada sobre el proceso, discutir su caso particular y coordinar acciones a seguir.

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