Plan de Incentivos para el Pago de Impuestos sobre el Canon de Ocupación de Habitación

 

Los dueños de propiedades que alquilan por un periodo menor a noventa (90) días consecutivos – (se requiere por Ley estar registrados y solicitar un número de identificación para Hostelero en la División de Impuestos de Habitación en la Compañía de Turismo) deberán cobrar un impuesto que será igual a un siete por ciento (7%) de la tarifa por habitación por concepto del impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación y remitirlo mediante la radicación de una Declaración Mensual de Impuesto  a la Compañía de Turismo de Puerto Rico.

Con el propósito de estimular el pago y saldo de deudas a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) por concepto de impuestos del canon por ocupación de habitación, el Gobernador firmó recientemente la Ley “Ponte al Día en el Pago de Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación” (Ley 137-2018).  La misma establece descuentos e incentivos ya sea para el saldo total o para desarrollar un plan de pagos.

Alternativas para acogerse al Plan de Incentivos

La Ley 137-2018 ofrece las siguientes alternativas:

  1. Pago total del principal adeudado sin intereses, recargos ni penalidades
  2. Plan de pago con un 75% de descuento en los intereses, recargos y penalidades

Vigencia y aplicación del Plan de Incentivos

La vigencia del Plan constará de 180 días a partir del 10 de julio de 2018 fecha en que se firmó la Ley hasta el 7 de enero de 2019; y aplicará solo a las deudas contraídas hasta el momento de la firma de la ley.

Para obtener información y comenzar la gestión para acogerse al Plan puede acceder a la página electrónica de la CTPR: https://roomtax.prtourism.com, o al correo electrónico, roomtaxpr@tourism.pr.gov.

NOTA: Les recordamos que el equipo de TCG está disponible para aclarar dudas, ofrecer información detallada y asistirlos en la toda gestión relacionada al contenido de este boletín.

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