NUEVA FECHA PARA INSTALAR TERMINAL DE IVU

 

 

Mediante la Determinación Administrativa Núm. 19-05 (DA 19-05), el Departamento de Hacienda (DH) informa sobre la postposición de la vigencia para mostrar evidencia del Requisito para Exención de IVU de Arrendamiento Comercial.

La Ley Núm. 257 de 10 de diciembre de 2018 (“Ley 257-2018”) establece como requisito para tener derecho a la exención del Impuesto sobre Ventas y Uso (“IVU”) en el canon de arrendamiento de propiedad inmueble para propósitos comerciales que el arrendatario evidencie al arrendador que cumple con el requisito de mantener un terminal fiscal.

La vigencia del Requisito para Exención de Arrendamiento Comercial estaba pautada para el 1 de octubre de 2019.  Sin embargo, y tomando en consideración las limitaciones de tiempo para implementar los procedimientos necesarios para aplicar dicha exención tanto para el Departamento como para los comerciantes, el DH pospone la vigencia del Requisito para Exención de Arrendamiento Comercial al 30 de junio de 2020.

Próximamente, el Departamento emitirá una publicación con detalles sobre la certificación que los arrendatarios deberán someter a sus arrendadores para tener derecho a esta exención.

TCG los mantendrá al tanto sobre los detalles para obtener la certificación una vez el DH emita la publicación.

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