IRS Extiende Fechas para la Radicación de Planillas y Pagos de Impuestos en las Áreas Afectadas por los Terremotos Recientes

 

NOTA IMPORTANTE:  La información que les presentamos a continuación es solo un resumen de la notificación enviada por el IRS.  Les exhortamos a que se comunique con TCG para: aclarar dudas, completar y radicar los documentos requeridos para solicitar los alivios, así como desarrollar un calendario y plan de acción. 

Las víctimas de los terremotos ocurridos en partes de Puerto Rico a partir del 28 de diciembre de 2019 podrían cualificar para un alivio contributivo de parte del Internal Revenue Service (IRS). 

El presidente de EE. UU. declaró que existe un desastre mayor en la Isla.  Asimismo, y luego de que FEMA emitiera la declaración de desastre para ayuda individual, el IRS anunció recientemente que los contribuyentes afectados en ciertas áreas de Puerto Rico recibirán un alivio contributivo. 

Los individuos que residen o tienen negocios en los municipios Guánica, Guayanilla, Peñuelas, Ponce, Utuado y Yauco podrían cualificar para el alivio. 

La declaración de desastre le permite al IRS posponer ciertos vencimientos a estos individuos o negocios.  Por ejemplo, a las fechas de vencimiento que caían en o después del 28 de diciembre de 2019 y antes del 30 de abril de 2020 se les concedió un tiempo adicional hasta el 30 de abril de 2020. 

La extensión al 30 de abril también aplica a la planilla de contribución sobre ingreso que vence el 15 de abril de 2020; los pagos de las planillas estimadas que vencen el 15 de enero de 2020 y en el 15 de abril de 2020; así como a las planillas trimestrales de nómina y arbitrios que vencen regularmente el 30 de abril de 2020. 

Además, las penalidades impuestas por los depósitos de nómina y arbitrios que vencían en o después del 28 de diciembre de 2019, y antes del 13 de enero de 2020 serán anuladas siempre y cuando se hayan realizado los depósitos el 13 de enero de 2020. 

El IRS identifica automáticamente a aquellos contribuyentes localizados en el área cubierta por el desastre, y aplica automáticamente el alivio sobre la radicación y pago.  Sin embargo, los contribuyentes afectados que residen o tienen negocio en el área afectada deberán llamar a la línea directa de desastre del IRS: 866-562-5227 para solicitar el alivio. 

 

Contribuyentes Afectados

Los contribuyentes los cuales han sido considerados contribuyentes afectados elegibles para las extensiones en la radicación de las planillas, pagar los impuestos y realizar gestiones urgentes son solo aquellos que residen en las áreas enumeradas en la declaración.  Incluyen también a individuos que residen y que tienen negocios (incluyendo organizaciones exentas) y cuyo centro de operaciones principal se encuentra en el área afectada o cubierta.  Aquellos contribuyentes que, aunque no residen en las áreas afectadas pero cuyos récords son necesarios para cumplir con la fecha de vencimiento y se encuentran en las áreas afectadas también podrán solicitar el alivio.  Además, los trabajadores afiliados a una entidad gubernamental u organización filantrópica y estén brindando ayuda a las víctimas, así como cualquier individuo que en su visita al área haya sido o muera como resultado del desastre también podrán recibir el alivio. 

Bajo la sección 7508A, el IRS otorga a los contribuyentes afectados hasta el 30 de abril de 2020, para radicar la mayoría de las declaraciones de impuestos (incluyendo individuales, corporaciones, patrimoniales y fideicomiso, sociedad colectiva, corporación tipo S, fideicomisos, regalos, del patrimonio de la sucesión, informativas de organizaciones benéficas, nómina, y algunos de artículo de uso y consumo) que tengan una fecha de vencimiento original o extendida que ocurra a partir del 28 de diciembre de 2019 y antes del 30 de abril de 2020.

Los contribuyentes afectados que tengan un pago de impuestos que vencía en o después del 28 de diciembre de 2019 y antes del 30 de abril de 2020, no estarán sujetos a multas por incumplimiento en el pago de las cuotas de impuestos estimados, siempre y cuando dichos pagos se paguen en o antes del 30 de abril de 2020.

La extensión del tiempo para radicar y pagar no se aplica a las declaraciones de información en las series W-2, 1094, 1095, 1097, 1098 o 1099; a los formularios 1042-S, 3921, 3922 u 8027, o para los depósitos de impuestos sobre la nómina y por artículos de uso y consumo. Sin embargo, las multas sobre los depósitos que vencen a partir del 28 de diciembre de 2019, y antes del 13 de enero de 2020, serán anulados siempre y cuando los depósitos de impuestos se hayan realizado antes del 13 de enero de 2020.

 

Pérdidas por accidentes

Los contribuyentes afectados en un área de desastre declarada por el gobierno federal tienen la opción de reclamar pérdidas por accidentes relacionadas con el desastre en su declaración de impuestos federales ya sea para el año en que ocurrió el evento o para el año anterior.

Las personas pueden deducir pérdidas de propiedad personal que no están cubiertas por el seguro u otros reembolsos.

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